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¿CUÁNTOS PUNTOS SE PUEDEN PERDER POR UTILIZAR EL MÓVIL MIENTRAS CONDUCES UN VEHÍCULO? - Tupermiso.com

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La respuesta la encontramos en el Anexo II de la Ley de Seguridad Vial (LSV), donde concreta las infracciones que llevan aparejada la pérdida de puntos del permiso de conducir.

Concretamente, el art 76.g) de la LSV prohíbe expresamente:

 Utilizar, sujetándolo con la mano, o manteniéndolo ajustado entre el casco y la cabeza del usuario, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce.

 

 Conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil en condiciones distintas a las anteriores.

 

 Conducir utilizando manualmente navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación.

 

 Llevar en los vehículos mecanismos de detección de radares o cinemómetros.

En los ordinales 8 y 20 del Anexo II de la LSV, se concreta la casuística para saber cuándo la utilización del teléfono móvil mientras se conduce, llevará aparejada a la sanción y la detracción de 3 o 6 puntos del permiso de conducir:

8.  Utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce. Lleva aparejada a la sanción, la pérdida de 6 puntos.

20.  Conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil en condiciones diferentes a las previstas en el ordinal 8. Lleva aparejada a la sanción, la pérdida de 3 puntos.

El verbo utilizar quiere decir “usar con una utilidad”.

RECUERDA

El Reglamento General de Circulación RGC, concretamente en el art 18.1, nos obliga a mantener la atención permanente a la conducción que garantice nuestra propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía.

EJEMPLOS

Si un conductor sujeta con la mano un aparato de telefonía móvil mientras conduce, recuerden que la detención por motivos del tráfico, como por ejemplo cuando encontramos una retención o un semáforo con luz rojo, hace que continuemos dentro del tráfico rodado y si sujetamos un teléfono con la mano para mirar la hora, un mensaje, o mirar quien nos ha llamado, estos hechos comportaran una SANCIÓN de 200€ y 6 PUNTOS MENOS del permiso de conducir.

Si el conductor utiliza el dispositivo de telefonía móvil en condiciones diferentes del punto anterior, como por ejemplo si un conductor manipula manualmente un teléfono que está sujetado por un soporte al salpicadero del vehículo, en este caso comporta una SANCIÓN de 200€ y 3 PUNTOS MENOS del permiso de conducir.

También se considera incompatible con la obligatoria atención permanente a la conducción cuando el vehículo está en movimiento y el conductor usa dispositivos tales como pantallas con acceso a Internet, monitores de televisión y reproductores de video o DVD. Esta infracción lleva aparejada una SANCIÓN de 200€ y la detracción de 3 PUNTOS del permiso de conducir.

Se exceptúan de este supuesto el uso de monitores que, a pesar de estar a la vista del conductor, su utilización sea necesaria para la visión de acceso o bajada de peatones, o para la visión en vehículos con cámara de maniobras posteriores, así como el dispositivo GPS.

¿CONOCÍAS ESTAS INFRACCIONES SOBRE EL USO DEL MÓVIL?

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