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¿SE PUEDE CIRCULAR EN BICICLETA POR LA VÍA PÚBLICA UTILIZANDO UN CASCO CON AURICULARES DE CONDUCCIÓN ÓSEA INCORPORADOS? - Tupermiso.com

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Los auriculares de conducción ósea son unos dispositivos que permiten transmitir el sonido mediante vibraciones, a través de los huesos del cráneo, hasta llegar al oído interno.

La principal diferencia con los auriculares convencionales es que los óseos dejan libre el canal auditivo permitiendo a su usuario, el paso del ruido exterior.

OBLIGACIONES DEL CONDUCTOR

Flechas PNG para descargar gratis  La ley de Seguridad Vial RDL 6/2015 (LSV), en su artículo 13.2 y el Reglamento General de Circulación RD 1428/2003 (RGC), en su artículo 18.1, nos define como otras obligaciones del conductor:

 El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía.

Flechas PNG para descargar gratis  La LSV art. 13.3 y el RGC art. 18.2 nos definen también como otras obligaciones del conductor lo siguiente:

 Queda prohibido conducir utilizando cualquier tipo de casco de audio o auricular conectado a aparatos receptores o reproductores de sonido u otros dispositivos que disminuyan la atención permanente a la conducción, excepto durante la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención del permiso de conducción en los términos que reglamentariamente se determine.

Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares.

No se considerará dentro de la prohibición la utilización de dispositivos inalámbricos certificados u homologados para la utilización en el casco de protección de los conductores de motocicletas y ciclomotores, con fines de comunicación o navegación, siempre que no afecten a la seguridad en la conducción.

Reglamentariamente, se podrán establecer otras excepciones a las prohibiciones previstas en los párrafos anteriores, así como los dispositivos que se considera que disminuyen la atención a la conducción, conforme se produzcan los avances de la tecnología.

RESUMEN

 La utilización de los auriculares de conducción ósea en los cascos de bicicletas es un nuevo avance de la tecnología. Aunque no están autorizados ni por la Ley de Seguridad Vial, ni reglamentariamente, como se realizó con los dispositivos inalámbricos certificados u homologados para la utilización en el casco de protección de los conductores de motocicletas y ciclomotores.

   Por tanto, circular con estos nuevos auriculares incorporados o no al casco de la bicicleta, te arriesgas a ser denunciado por infringir el art 18.2 del Reglamento General de Circulación, con un importe de hasta 200€. Y lo más importante: te arriesgas a tener un accidente por distracción.

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